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Esto pasa en Costa Rica

Construí mi casa de habitación hace más de 30 años en un terreno que colinda con una acequia. Ahora, en mi vejez, vivo amargos momentos por ello.

Aunque cumplí con todos los trámites y requisitos que se exigían entonces y cuento con todos los permisos y lineamientos de las entidades designadas por ley para otorgarlos,  hoy enfrento una denuncia penal por INVASIÓN DEL ÁREA DE PROTECCIÓN DE LA QUEBRADA LOS NEGRITOS. Si bien, en el momento de la construcción, la ley establecía un retiro de 10 metros a ambos lados de la quebrada, a mí, los entes responsables de otorgar los permisos me señalaron un retiro de solo 5 metros.

Producto de dicha demanda deberé demoler un alto porcentaje de mi casa, perdiendo el único patrimonio que logré consolidar durante toda mi vida. Además, debo enfrentar elevados costos para atender este requerimiento. Como beneficiario de una exigua pensión y ante la realidad de mi condición de jubilado –es decir, no soy sujeto de crédito-, me es sumamente difícil hacerlo.

¿Por qué, me pregunto, un ciudadano debe asumir la responsabilidad que los entes encargados por ley no asumieron? Entiendo muy bien que nadie puede alegar desconocimiento de la ley; pero, entonces, ¿somos los ciudadanos quienes debemos asumir la irresponsabilidad en el cumplimiento de los deberes de quienes son responsables? ¿Debemos desconfiar de los lineamientos y condiciones que fijan las entidades designadas por ley para hacerlo? Y esto, ¡hace ya más de 30 años! Pregunto: ¿No es más justo que el peso de la ley recaiga sobre las instituciones que hicieron mal uso de sus potestades y no sobre el ciudadano que acató los lineamientos que se le señalaron?


¡Y me saqué la lotería!


Esto no es un hecho aislado. Un funcionario de la Dirección de Aguas que llegó a inspeccionar mi propiedad comentaba que, hasta hace muy pocos años, las Municipalidades continuaban aplicando erróneamente la ley, y seguían otorgando permisos contrarios a ella. Mencionó que si la ley fuera aplicada de manera “pareja” para todos, habría que demoler medio Costa Rica. Similar criterio externó una abogada del MINAE en una conversación informal: la cantidad de construcciones en San José (y en todo Costa Rica) que infringen este lineamiento es tal, que no sería viable hacer cumplir la ley en forma homogénea.

Entonces, ¿qué hace diferente  mi caso? ¡Que me saqué la lotería! Al menos, eso es lo que me respondió un alto funcionario en una de las primeras inspecciones del proceso judicial.

Cuando le hice ver que mi vivienda era la que MENOS ofendía el área de protección si la comparábamos con todas y cada una de las edificaciones cercanas, a ambos lados de la quebrada, me dijo que me había sacado la lotería y que yo, como ciudadano, tenía la potestad de ir a denunciar a todos y cada uno de ellos. ¿Tiene esto sentido? ¿Sabe usted, amigo lector, que con la aplicación de la ley se conjuga la suerte como si se tratase de un juego de azar? ¿Cómo entender el poder discrecional de la Oficina de Control Ambiental de la Municipalidad de Montes de Oca para denunciarme y no hacerlo con la inmensa cantidad de vecinos del Cantón que también infringe la ley? ¿No podríamos pensar que esta discrecionalidad para aplicar la ley tiene fines diferentes a los de su cumplimiento estricto?

Además, existe otra situación cuestionable desde todo punto de vista. La misma Municipalidad de Montes de Oca, que fue la que originó la denuncia penal en mi contra, apoya decididamente a vecinos que infringen de manera más grosera áreas de protección. Tal es el caso de las instalaciones deportivas y recreativas que administra la Asociación de Desarrollo de la Urbanización San Marino. Allí, en una propiedad colindante con la mía, TODAS las edificaciones ofenden de manera más obvia el área de protección de la misma quebrada: oficinas, Casa de la Juventud, juegos infantiles. A pesar de ello, la Municipalidad se ha involucrado activamente para dar solución a los problemas derivados de su proximidad con la quebrada. De igual manera, un condominio en el centro del distrito de Sabanilla pudo efectuar remodelaciones, que incluyen áreas de rodamiento de vehículos y un segundo piso en la caseta de seguridad, aledañas a la quebrada, además de que existen otras estructuras habitacionales ubicadas dentro del área de protección.

En fin, yo perderé mi vivienda y seguiré tratando de cuantificar los beneficios que le habrá significado a los Recursos Naturales del Estado la aplicación de la ley a un solo ciudadano.

Juan Rafael Bolaños Alfaro
Cédula 1-0434-0838
Teléfono 8441-5051
email: jbolanos@pandora.co.cr


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